Por Lisseth Cubas Ramírez
JAÉN ||| El abogado penalista Jhonny Cieza Ramos analizó el aspecto legal del caso que involucra al ciudadano apodado “El Vengador Anónimo”, quien abatió a balazos a dos delincuentes que lo asaltaron bajo la modalidad de "cogoteo" la madrugada del domingo 23 de junio, los cuales fallecieron en el Hospital General de Jaén.
Análisis LegalEl Dr. Cieza destacó la importancia de que
todos los hechos, especialmente aquellos que resultan en la muerte de personas,
deben ser investigados. Esto, sin embargo, no implica que el investigado sea
automáticamente culpable o inocente. En este caso, el video muestra claramente
la agresión de varios sujetos hacia una persona en un entorno desolado durante
la noche.
Subraya que, según el artículo 20, numeral 3
del Código Penal, para lo que comúnmente se conoce como legítima defensa, se
requieren ciertos requisitos: una agresión ilegítima, actual y concreta; falta
de provocación suficiente por parte del defensor y proporcionalidad en la
respuesta defensiva. En el video, se observa la agresión ilegítima y concreta
sí ocurre, no existiendo agresión previa por parte de la víctima.
Proporcionalidad en la respuesta
La proporcionalidad de la respuesta es el punto
de mayor debate para el abogado Jhonny Cieza, pues menciona que, si el
ciudadano que disparó fuera un efectivo policial, su acción podría considerarse
desproporcionada, ya que los policías están capacitados para manejar este tipo
de situaciones. Sin embargo, si el ciudadano es un civil sin formación en
enfrentamientos, la percepción de peligro inminente y el contexto de
aislamiento pueden justificar su reacción.
“La legítima defensa es un concepto jurídico
ampliamente reconocido que permite a una persona actuar para protegerse a sí
misma o a otros de una agresión ilegítima. Para que la legítima defensa sea
considerada como tal, es necesario cumplir con ciertos requisitos”, indicó.
Por lo que refiere primero que, la agresión
ilegítima se debe tener claro que la agresión debe ser no justificada y no
provocada. Es decir, la persona que se defiende no debe haber iniciado el
conflicto, por lo que en este caso refiere que el video muestra claramente que
la agresión ilegítima ocurrió, cumpliéndose así este primer requisito.
Sumado a ello la necesidad de defensa, en este
punto, el abogado Cieza explica que la acción de defenderse debe ser necesaria
y proporcional a la agresión sufrida, explicando que en este punto en algunas
oportunidades surge el conflicto jurídico, ya que es necesario determinar si la
respuesta fue racional y proporcional a la amenaza.
En el video, se observa que el abatimiento de
los agresores puede ser cuestionado en términos de proporcionalidad,
especialmente si uno de ellos estaba tratando de huir. Es importante analizar
la posición y la dirección de los disparos para evaluar la defensa.
Otro de los puntos es la falta de provocación
suficiente por parte de la víctima, indicando Cieza Ramos que la persona que se
defiende no debe haber provocado la agresión. En el caso en cuestión, el video
muestra que la víctima no agredió primero a los asaltantes, cumpliéndose así
este tercer requisito.
Policía o civil
Como se especula, que el ciudadano habría sido
un efectivo policial, el abogado indica que en este caso se espera que por ser
un integrante de la PNP esté está preparado para manejar situaciones de
conflicto y que actúe de manera proporcional y razonable. Si el policía disparó
a los agresores que ya estaban retirándose, podría considerarse que su acción
fue desproporcionada, especialmente si se confirma que los disparos ingresaron
por la espalda.
En contraste, para un ciudadano civil que no
está entrenado para manejar este tipo de situaciones, se debe considerar el
miedo y la percepción de peligro inminente. Factores como el entorno desolado y
la superioridad numérica de los agresores pueden influir en la percepción del
ciudadano de que su vida estaba en peligro. En este contexto, la reacción del
ciudadano podría interpretarse de manera más favorable, siempre y cuando se
pueda demostrar que sintió un miedo real y concreto por su vida o integridad
física.
Licencia para portar armas
Sobre la cuestión de si el ciudadano tenía
permiso para portar el arma de fuego, el abogado Jhonny Cieza considera que,
aunque es un delito portar un arma sin licencia, este hecho es separado del
incidente de defensa propia. En una situación de peligro inminente, la
prioridad es la defensa de la propia vida, aunque luego deberá enfrentar las
consecuencias legales por la posesión ilegal del arma.
Antecedentes de delincuentes
Aunque los delincuentes abatidos tenían un
historial de denuncias en la comisaría, Cieza aclara que estos antecedentes no
tienen una relevancia directa en la evaluación jurídica del caso específico de
legítima defensa.
Consecuencias legales
Si la Fiscalía formaliza la investigación por
homicidio, el ciudadano podría enfrentarse a diversas calificaciones legales, según
el Código Penal. Esto podría ir desde homicidio calificado, con penas
superiores a 15 años, hasta homicidio simple, con penas mínimas de 6 años.
También existe la posibilidad de que se reconozca una legítima defensa perfecta
o imperfecta, lo que podría reducir significativamente la pena, incluso
evitando la prisión efectiva.
Para que ello ocurra, deben de darse tres factores importantes: el primero que se logre identificar al autor de los disparos, el segundo factor que alguien denuncia el caso y el tercer factor que la Fiscalía aperture o formalice investigación luego de identificar al sujeto, caso contrario, el caso se archivaría de oficio.
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